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jueves, 2 de agosto de 2007

Obeid despejó interrogantes sobre el traslado del puerto de Santa Fe

jueves, 2 de agosto de 2007

El gobernador envió el anteproyecto a la Legislatura. Fijó pautas sobre los terrenos a utilizar. Las eventuales indemnizaciones sólo considerarán un valor objetivo de los bienes afectados.
Fuente: La Capital / Diario UNO

El gobernador Jorge Obeid envió a la Legislatura provincial el mensaje que establece “la expropiación de los bienes inmuebles y muebles que la autoridad administrativa determine como necesarios a los fines exclusivos del “Proyecto de Reconversión del Puerto de Santa Fe”, en el marco de la ley 12.108, que establece el traslado de la estación fluvial a la ribera del río Paraná.

De este modo, el gobierno provincial apunta a transparentar todas las alternativas vinculadas con los terrenos aledaños al lugar donde se construirá el nuevo puerto de Santa Fe y que no son de propiedad fiscal. El tema había sido puesto bajo la lupa periodística y legislativa por una serie de situaciones que tuvieron una altísima exposición en ambos planos.

El texto da un necesario marco de luz a este proceso vital para el desarrollo de la ciudad de Santa Fe y toda la región. De hecho, en algunas de sus aristas se avanza de lleno y en forma satisfactoria sobre algunos interrogantes abiertos en torno a este estratégico proyecto de reubicación de la estación fluvial santafesina.

Parque provincial

El anteproyecto de ley dice que “la superficie que no se encuentre comprendida en el proyecto de localización del puerto de Santa Fe será destinada a parque provincial en el marco de la ley 12175”.

“De acuerdo con la ley, la indemnización sólo comprenderá el valor objetivo del bien (...) sin tomarse en cuenta circunstancias de carácter personal, el valor afectivo ni las ganancias hipotéticas, el lucro cesante o el valor derivado de hechos de carácter histórico”, señala la iniciativa.

“En el caso de los inmuebles tampoco puede tomarse en cuenta el valor panorámico, y el valor a considerar será el que hubiesen tenido si la obra a realizarse no hubiese sido ejecutada o autorizada (es decir no se computa el mayor valor que puedan adquirir como consecuencia de ésta)”, añade el documento.

También deben tenerse en cuenta como elementos complementarios la declaración jurada del propietario, el último avalúo vigente, el promedio de precios de venta de propiedades en la zona desde entonces, los valores fijados por los jueces en juicios de expropiación, los establecidos por instituciones oficiales de crédito inmobiliario, por los organismos de recaudación fiscal y por los catastros municipales y de la provincia.

Expropiaciones

La Junta Central de Valuación, que tendrá por objetivo las tareas de expropiación, estará presidida por el ministro de Hacienda y Finanzas e integrada por los directores del Servicio Provincial de Catastro e Información Territorial, de la Administración Provincial de Impuestos, un ingeniero agrónomo representante del Ministerio de la Producción, un representante del Instituto Provincial de Estadística y Censos, uno de los municipios y uno de las comunas (ambos con conocimientos técnicos) y un propietario de la zona norte de la provincia y otro de la zona sur, elegidos de la forma que establezca la reglamentación. Una vez efectuado el avalúo fiscal de los bienes por la Junta, se confeccionan los padrones contenidos en la misma y se citará con publicaciones en el Boletín Oficial y en dos diarios de reconocida circulación en la zona.

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