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lunes, 30 de julio de 2007

Discapacitados del Iapos piden no ser discriminados

lunes, 30 de julio de 2007

Grave denuncia

Cuando los afiliados de la obra social que tienen alguna discapacidad, constatada a través de su correspondiente certificado provincial, cumplen los 21 años, pierden la cobertura social. Iapos tampoco cubre en su totalidad el costo de los medicamentos. El Litoral

Gran cantidad de consultas y reclamos viene recibiendo la Defensoría del Pueblo de la provincia por parte de afiliados del Iapos que tienen familiares discapacitados.

Ocurre que la obra social provincial desconoce la validez del Certificado énico de Discapacidad de esos afiliados -que emite la provincia y tiene vigencia en todo el país- y procede a darlos de baja de su padrón cuando cumplen la mayoría de edad, argumentando que no estudian. Otro hecho frecuente por el que deben reclamar los afiliados discapacitados es que no tienen la cobertura del 100 % en los medicamentos.>

Ante los numerosos reclamos, Defensoría emitió una resolución donde le solicita al director del Iapos, Eduardo Piaggio, que "instrumente normativas acordes con la legislación nacional y provincial vigente respecto del reconocimiento de la condición de discapacitado, absteniéndose de rechazar las solicitudes de sus afiliados cuando se acredite discapacidad con el correspondiente Certificado énico de Discapacidad, incorporándolos al sistema de forma inmediata en tal carácter y brindándoles las prestaciones establecidas por la ley nacional 24.901, a la que adhirió la provincia de Santa Fe mediante convenio 1.158 y ley provincial 11.814". Pero, "hasta el momento, Iapos no dio una respuesta", aseguró a El Litoral la Dra. Marcela Calcaterra, a cargo de la Dirección de Consultoría Técnica de la Defensoría del Pueblo.>

También relató que "esta resolución de Defensoría surgió a raíz de dos o tres casos que se fueron presentando y algunas otras consultas telefónicas de gente que tenía familiares o hijos discapacitados, con certificados de discapacidad, a quienes el Iapos, cuando llegaban a cumplir la mayoría de edad (21 años), les daba la baja de la obra social aunque tuvieran su certificado, argumentando que no estudiaban".>

No obstante, aclaró que uno de los casos logró su cobertura porque el afiliado estudiaba en un centro de educación especial y, por su condición de tal, le permitieron seguir siendo afiliado, "pero no lo tienen en condición de discapacitado", remarcó. >

Calcaterra también citó el caso de una chica del norte, epiléptica, que tiene certificado de discapacidad y fue dada de baja como afiliada cuando cumplió la mayoría de edad. "En una oficina del Iapos le informaron que tenía la opción de afiliarse como opcional, pero, cuando presentó los papeles que se le requerían, no fue admitida porque tenía una enfermedad preexistente, la epilepsia. Parece una tomada de pelo", opinó.>
Normativas vigentes

En 2000, nuestra provincia adhirió -a través de un convenio- a la ley nacional de Discapacidad N° 24.901 y, posteriormente, sacó su propia normativa (N° 11.814), que aprueba dicha adhesión. No obstante, la obra social santafesina desconoce lo establecido en dicha legislación nacional.

Calcaterra mencionó que, "por un lado, tenemos el Estado provincial, que asume la obligación de implementar esta ley en el territorio, mientras que el Iapos, un organismo del Estado provincial, no la cumple. Lo interesante es que hay un fallo judicial contra el Iapos, de 2005, en el cual explica que -por razones de igualdad y no discriminación- el discapacitado de Santa Fe no debe contar con una cobertura menor que la que tienen los afiliados adheridos al sistema nacional, sobre todo porque el Estado provincial adhirió a esta ley".>

Asimismo, aseguró que "Iapos tomó esta postura: obliga a sus afiliados a tener presente una incapacidad laboral, es decir, que tengan más del 75 % de incapacidad para que una persona sea considerada discapacitada. Para Iapos no existe el certificado de discapacidad" al no reconocerlo, "cuando es emitido por cada provincia y tiene validez en todo el territorio nacional, en las provincias que adhirieron a la ley".>
Larga lucha

En otro orden, la Dra. Marcela Calcaterra explicó que "nuestras resoluciones no son obligatorias y ellos tienen la facultad de decirnos que no accederán a nuestro reclamo. Pero ocurre que desde hace años venimos peleando por diferentes situaciones con afiliados al Iapos con discapacidad".

Precisó que "después de muchas gestiones, empezó a reconocer hace un par de meses, porque tuvo fallos en contra, el transporte para chicos discapacitados, pero no la medicación, que se acepta cubrir en el 100 %, de acuerdo con el ingreso del afiliado titular".>

Por eso, insistió en que "hay que exigirle al Iapos que aplique la ley de Discapacidad porque toda persona que tiene un certificado de discapacidad no tiene por qué pasar por una auditoría médica de la obra social para determinar un porcentaje de discapacidad propio. Hasta las prepagas, que en muchos casos son incumplidoras, observan el tema de la discapacidad y, cuando intervenimos, enseguida aceptan su falta y dan la cobertura a su afiliado discapacitado", concluyó.>

Por último, agregó que, "si un afiliado se incapacita por alguna enfermedad y no comprende el 75 % de sus capacidades, sigue siendo un afiliado común para la obra social. Además, un afiliado discapacitado de Iapos tiene menos derechos que uno discapacitado de UOM, Pami o cualquier otra obra social, con el agravante de que están obligados a tener esa obra social, están cautivos", concluyó.>
Tema medicamentos

La cobertura de los medicamentos para afiliados discapacitados es otra cuestión pendiente por parte del Iapos. En este sentido, la funcionaria de Defensoría del Pueblo planteó que "la obra social debe cubrir en el 100%. Pero, por ejemplo, tuvimos el caso del hijo de un afiliado docente que tiene un retraso mental grave y, ante el reclamo de la cobertura de los medicamentos que necesita, el Iapos explicó que `no es factible acceder a lo solicitado del 100% por cuanto la comisión de medicamentos, con acuerdo de la dirección, viene reconociendo el 70%"'.

También explicó que "tenemos otros casos de reclamos de afiliados discapacitados a los que sólo les cubre el 70% del costo de la medicación. En otros casos, los auditores justifican que sólo por el costo de la medicación se cubre el 100%. Iapos aplica una normativa propia, desconociendo que existe una adhesión de la provincia a la Ley de Discapacidad".

Al respecto, agregó que "lamentablemente, el que tiene plata inicia un recurso de amparo y seguramente lo gana. Así ocurrió con dos afiliados que pretendían que el Iapos le cubriera la totalidad de sus gastos en medicamentos.

Transporte

Defensoría del Pueblo de la provincia también recibe numerosos reclamos de personas con discapacidad porque no pueden obtener -en tiempo y forma- el correspondiente pase para trasladarse en empresas de colectivos de media y larga distancia, a pesar de que nuestra provincia adhirió a la ley nacional y modificó su propia ley en este sentido.

Un caso extremo es el que se dio con una empresa de transporte que hace el recorrido interurbano hacia el norte de la provincia, que puso un cartel en donde indicaba el horario en que los discapacitados podían viajar gratuitamente.

En relación con el transporte local, Defensoría mantuvo reuniones con funcionarios municipales para solicitar que los colectivos cuenten con rampas para discapacitados, pero dijeron que no ven la posibilidad de que por ahora se pueda concretar ese requerimiento

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